ANMAT prohibió de forma estricta la preventa, distribución y utilización en todo el territorio de la República Argentina de una serie de artículos de maquillaje infantil con ilustraciones de alta popularidad
ran comercializados de manera marginal, sin poseer ninguna clase de autorización regulatoria. Esta determinación quedó refrendada a través de la Disposición 3435/2026, la cual cobró vigencia tras ser publicada en el Boletín Oficial este miércoles.
El ente fiscalizador del Estado comunicó de forma taxativa que estos productos de origen importado estaban dirigidos específicamente al público infantil y se detectaron originalmente durante diversos operativos de inspección concretados en locales comerciales de la Ciudad de Buenos Aires. Conforme a lo detallado por las autoridades, las mercancías carecen por completo de una inscripción sanitaria formal y no figuran asentadas en ninguno de los registros oficiales de la nación.
Dentro de los elementos alcanzados por la restricción legal obligatoria aparecen variados cosméticos empaquetados bajo formatos llamativos y alusivos a personajes de gran llegada entre los menores de edad. La inhabilitación absoluta abarca brillos para labios, bálsamos protectores, rubores cosméticos e iluminadores de rostro pertenecientes a las firmas comerciales Mocmallure, Youmi, Romantic Queen, Gagk, Pola Ayir y Mini Tango Beauty.
De acuerdo con el desglose técnico provisto por el organismo, las unidades identificadas en infracción comprenden de manera exacta:
- Pintalabios con aspecto de panquecitos (cupcakes) y con la fisonomía de Hello Kitty.
- Brillos labiales decorados con figuras de Labubu.
- Iluminadores faciales que exhiben imágenes de unicornios.
- Rubores que portan ilustraciones de osos.
- Productos de belleza presentados de forma encubierta como si fueran llaveros o juguetes tradicionales.
- Receptáculos con siluetas de jirafas y de otros ejemplares del reino animal.
La repartición estatal remarcó con firmeza que ninguno de estos maquillajes pudo ser localizado dentro de los archivos informatizados de sustancias cosméticas habilitadas para su expendio legal en el país. Frente a este escenario de irregularidad, la institución aclaró que se trata explícitamente de mercadería ilegítima, dado que no ingresaron a la Argentina por medio de firmas importadoras debidamente registradas ni disponen de los avales que exige la normativa regulatoria vigente.
Adicionalmente, se alertó a la comunidad que resulta inviable constatar los métodos de elaboración aplicados en su fabricación, cuáles son las materias primas constitutivas reales o si se respetaron los estándares de higiene indispensables para el contacto directo con las personas. Por tales fundamentos, junto con decretar el bloqueo de su comercialización a escala nacional, la ANMAT sugirió de forma urgente a los ciudadanos abstenerse de adquirirlos o utilizarlos hasta tanto regularicen su condición legal ante el Estado.
Esta intervención sitúa nuevamente en el centro del debate la distribución sin control de artículos para la niñez importados que se expenden de forma habitual en locales de bazares, negocios de juguetería y plataformas de comercio electrónico, los cuales apelan frecuentemente a packagings vistosos que copian juguetes o animaciones masivas, eludiendo las auditorías de salubridad indispensables.
Cabe recordar que, en el despliegue de sus competencias esenciales, la ANMAT dicta pautas regulatorias, concreta auditorías y desenvuelve tareas de monitoreo de salubridad general. Dichos procedimientos resultan indispensables a fin de certificar que los elementos vinculados a la medicina y la nutrición a disposición de los habitantes del país posean plenas garantías de confiabilidad. De esta manera, el organismo cumple una función medular en el resguardo de los consumidores, confiriendo certidumbre y protección a la sociedad local sobre los bienes de consumo de cada jornada.
