El Ministerio de Capital Humano sostiene que la confederación no garantizó el piso del 75% de prestación mínima durante la huelga del 3 de agosto. La Casa Rosada todavía no definió la penalidad y espera que avance la investigación administrativa.
El Gobierno abrió un expediente administrativo contra CTERA luego de determinar, según sus propios relevamientos, que la confederación no habría cumplido con la prestación mínima del 75% establecida para los servicios considerados esenciales durante el paro docente nacional del 3 de agosto.
La Secretaría de Trabajo finalizó una primera evaluación de los controles realizados durante la jornada de protesta y avanzó con una actuación destinada a determinar si existió un incumplimiento de las obligaciones previstas por la legislación para garantizar los servicios mínimos.
En la Casa Rosada todavía no resolvieron qué consecuencia tendrá el expediente, aunque reconocen que una multa aparece entre las alternativas que se analizan. Desde el Ejecutivo, de todos modos, evitaron anticipar una decisión y señalaron que primero deberá completarse el procedimiento administrativo.
El relevamiento oficial mostró diferencias importantes entre las distintas jurisdicciones. Según la interpretación del Gobierno, el nivel de adhesión al paro fue elevado en las provincias gobernadas por el peronismo, mientras que en otras jurisdicciones se habría garantizado el porcentaje mínimo exigido por la normativa.
“Fue muy heterogéneo. En las provincias peronistas hubo alto acatamiento. En el resto se cumplió la ley”, sostienen fuentes oficiales.
El Ejecutivo tampoco cuenta todavía con un porcentaje nacional definitivo sobre el incumplimiento. De hecho, no afirma que el 75% de las clases hayan sido suspendidas. La acusación contra CTERA apunta específicamente a que, en determinadas zonas del país, la organización no habría garantizado el piso del 75% de la prestación educativa normal.
Qué establece la ley sobre el paro docente
El Gobierno fundamenta su actuación en el artículo 24 de la Ley 25.877, modificado este año a partir de la reforma laboral.
La normativa incorporó como servicios esenciales al cuidado de menores y a la educación inicial, primaria, secundaria y especial. En los conflictos colectivos, establece que la prestación mínima no puede quedar por debajo del 75% de la prestación normal.
El régimen también fija un mecanismo específico para las medidas de fuerza. Las organizaciones que convocan a un paro deben comunicarlo con cinco días de anticipación y las partes deben acordar ante la autoridad laboral de qué manera se garantizarán los servicios mínimos.
Ese acuerdo debe establecer, entre otros aspectos, qué personal permanecerá afectado, los horarios y las funciones que deberán garantizarse.
Cuando no existe un acuerdo o la propuesta resulta insuficiente, la Secretaría de Trabajo puede determinar las condiciones correspondientes, previa consulta con la Comisión de Garantías.
Durante el paro del 3 de agosto, la Secretaría de Trabajo realizó controles a través de sus agencias territoriales y recopiló información sobre el funcionamiento de establecimientos educativos de diferentes provincias.
Ahora, la actuación iniciada apunta a determinar la eventual responsabilidad de CTERA como organización nacional convocante, aunque la prestación del servicio educativo y la relación laboral con los docentes corresponden principalmente a las jurisdicciones provinciales.
CTERA deberá presentar su descargo
La apertura del expediente representa el inicio del procedimiento administrativo. A partir de ahora, Trabajo deberá establecer si CTERA tuvo responsabilidad en el supuesto incumplimiento y si corresponde aplicar alguna sanción.
La organización sindical tendrá la posibilidad de presentar su descargo y aportar las pruebas que considere necesarias antes de que la Secretaría de Trabajo tome una decisión definitiva.
El hecho de que exista un expediente no implica automáticamente que se aplique una multa. Antes de establecer una eventual sanción, la autoridad deberá precisar qué conducta se le atribuye a la organización, determinar su gravedad y establecer el alcance de los establecimientos o trabajadores involucrados.
En el Gobierno observan como antecedentes los procedimientos iniciados este año contra La Fraternidad y la UTA, aunque reconocen que se trata de situaciones diferentes.
En esos casos, Trabajo actuó porque los sindicatos habían adherido a un paro general mientras se encontraban bajo conciliación obligatoria. La Fraternidad terminó recibiendo una multa superior a $21.000 millones.
En el caso de CTERA, en cambio, el eje de la discusión está puesto en el supuesto incumplimiento de las prestaciones mínimas establecidas para los servicios esenciales.
La respuesta de CTERA
Desde CTERA sostienen una posición diferente sobre la jornada del 3 de agosto. La organización sindical aseguró que el paro tuvo un “altísimo acatamiento” y mantiene sus reclamos vinculados con los salarios, el financiamiento educativo, la restitución del FONID y la convocatoria a una negociación nacional.
Una eventual sanción contra la confederación podría abrir una nueva disputa tanto en el ámbito administrativo como en la Justicia, especialmente por el alcance de los controles federales dentro de un sistema educativo cuya gestión depende principalmente de las provincias.
El conflicto universitario tiene otro marco legal
La apertura del expediente contra CTERA se produce, además, en la previa de una nueva medida de fuerza en las universidades nacionales, prevista para este miércoles.
El Ministerio de Capital Humano sostiene que el Gobierno está cumpliendo con los compromisos asumidos con el sistema universitario y cuestiona los argumentos utilizados por los gremios docentes y no docentes para convocar al paro.
La cartera encabezada por Sandra Pettovello informó que transfirió $666.823 millones destinados a gastos de personal, incrementos salariales correspondientes a junio y la primera cuota del aguinaldo. Además, aseguró haber asignado otros $448.544 millones correspondientes a julio.
El Ministerio también sostiene que continúa cumpliendo el acta paritaria firmada el 10 de junio y calificó oficialmente la protesta universitaria como “ilegítima” y motivada por razones políticas.
Sin embargo, existe una diferencia legal relevante entre ambos conflictos.
La Ley 25.877 incluye expresamente entre los servicios esenciales a la educación inicial, primaria, secundaria y especial, pero no incorpora a la educación universitaria.
Por ese motivo, el piso obligatorio del 75% utilizado por el Gobierno para fundamentar el expediente contra CTERA no se aplica automáticamente al paro de las universidades nacionales.
Qué puede pasar ahora
La próxima definición estará en manos de la Secretaría de Trabajo, que deberá avanzar con el procedimiento y establecer si las irregularidades detectadas son suficientes para determinar la responsabilidad de CTERA y eventualmente aplicar una sanción.
El Gobierno sostiene que ya detectó un incumplimiento, pero todavía no definió qué medida adoptará. En la Casa Rosada prefieren esperar a que finalicen las actuaciones antes de anunciar una eventual penalidad contra la confederación docente.
