El Senado convirtió en ley la reforma del régimen de Zonas Frías y modificó el criterio para acceder al descuento sobre el gas natural y el propano por redes. En Buenos Aires, 1,24 millones de hogares de 94 municipios dejarán de contar con el beneficio automático por ubicación y deberán cumplir condiciones socioeconómicas para acceder al esquema focalizado.
El Senado convirtió en ley la reforma del régimen de Zonas Frías, que modifica el sistema mediante el cual determinados hogares acceden a descuentos sobre el consumo de gas natural y propano por redes. La iniciativa, que ya había sido aprobada por la Cámara de Diputados, obtuvo el jueves 24 de septiembre 38 votos a favor y 8 en contra.
Uno de los principales cambios consiste en dejar atrás el criterio exclusivamente geográfico que permitía acceder a un descuento general por el solo hecho de residir en determinadas localidades incorporadas al régimen durante la ampliación de 2021.
Con la nueva normativa, el beneficio automático por ubicación queda concentrado en la Patagonia, Malargüe, en Mendoza, y la Puna. En el resto de las regiones alcanzadas por la modificación, el acceso al subsidio dependerá de las condiciones económicas y patrimoniales de cada hogar.
En la provincia de Buenos Aires, el cambio alcanza a 1,24 millones de hogares distribuidos en 94 municipios. A nivel nacional, el universo involucrado ronda los 3,35 millones de usuarios.
El régimen de Zonas Frías fue creado en 2002 y tuvo una ampliación en 2021, cuando se incorporaron nuevas regiones de Buenos Aires y de otras provincias. Esa modificación permitió que numerosos usuarios recibieran una reducción en sus facturas de gas en función de la ubicación geográfica de sus hogares.
A partir de la reforma, quienes queden fuera del beneficio general podrán acceder a una asistencia si cumplen los requisitos establecidos por el régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF), creado a través del Decreto 943/2025 para unificar los subsidios energéticos y focalizar la asistencia.
Los municipios bonaerenses alcanzados por la reforma
En la provincia de Buenos Aires, los 94 municipios incluidos en el cambio son:
- Ayacucho
- Azul
- Bahía Blanca
- Balcarce
- Baradero
- Benito Juárez
- Bolívar
- Bragado
- Cañuelas
- Capitán Sarmiento
- Carlos Casares
- Carlos Tejedor
- Carmen de Areco
- Castelli
- Chacabuco
- Chivilcoy
- Colón
- Coronel Pringles
- Coronel Rosales
- Coronel Suárez
- Daireaux
- Dolores
- Florentino Ameghino
- General Alvarado
- General Alvear
- General Arenales
- General Belgrano
- General Guido
- General La Madrid
- General Las Heras
- General Lavalle
- General Madariaga
- General Paz
- General Pinto
- General Pueyrredon (Mar del Plata)
- General Rodríguez
- General Viamonte
- General Villegas
- Guaminí
- Hipólito Yrigoyen
- Junín
- La Costa
- Laprida
- Las Flores
- Leandro N. Alem
- Lincoln
- Lobería
- Lobos
- Maipú
- Mar Chiquita
- Marcos Paz
- Mercedes
- Monte
- Monte Hermoso
- Navarro
- Necochea
- Olavarría
- Pehuajó
- Pellegrini
- Pergamino
- Pilar
- Pinamar
- Puan
- Ramallo
- Rauch
- Rivadavia
- Rojas
- Roque Pérez
- Saavedra
- Saladillo
- Salliqueló
- Salto
- San Andrés de Giles
- San Antonio de Areco
- San Cayetano
- San Nicolás
- San Pedro
- Suipacha
- Tandil
- Tapalqué
- Tordillo
- Tornquist
- Trenque Lauquen
- Tres Arroyos
- Tres Lomas
- Villa Gesell
- Villarino
Entre las localidades y ciudades incluidas aparecen Mar del Plata, Bahía Blanca, Tandil, Necochea, Olavarría, Azul, Pergamino y San Nicolás, además de numerosos municipios del interior bonaerense.
La pérdida del beneficio territorial no implica que todos los hogares queden automáticamente excluidos de cualquier asistencia. El nuevo esquema contempla condiciones vinculadas con los ingresos, la situación del hogar y determinados indicadores patrimoniales.
Qué hogares podrán acceder al subsidio focalizado
Para las zonas que dejan de contar con el descuento general por ubicación, el acceso al beneficio estará determinado principalmente por la situación económica del hogar.
Uno de los criterios centrales establece que no podrán ser beneficiarios los hogares cuyos integrantes registren, en conjunto, ingresos netos superiores a tres Canastas Básicas Totales (CBT) correspondientes a un hogar tipo 2 del INDEC.
El régimen también contempla situaciones particulares vinculadas con integrantes del hogar que posean Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur o Certificado de Vivienda Familiar del ReNaBaP, según las condiciones previstas para el esquema.
En los hogares donde alguno de sus integrantes tenga Certificado Único de Discapacidad (CUD), la situación puede ser considerada dentro de los criterios de acceso a la asistencia energética.
Además, la Secretaría de Energía puede utilizar indicadores de exteriorización patrimonial para determinar si existe capacidad de pago suficiente y, a partir de esa evaluación, rechazar o excluir a un hogar del beneficio.
Qué regiones mantienen el beneficio general
La reforma conserva el esquema de alcance general para las zonas que forman parte del régimen original. Entre ellas se encuentran la Patagonia, Malargüe y la Puna.
En cambio, las regiones que habían sido incorporadas mediante la ampliación de 2021 dejan de recibir el descuento general basado exclusivamente en su ubicación geográfica.
Por ese motivo, los hogares de las localidades bonaerenses alcanzadas por la modificación deberán cumplir con los criterios establecidos por el SEF si quieren continuar recibiendo una asistencia sobre el consumo de gas.
El SEF fue creado mediante el Decreto 943/2025, que unificó los distintos esquemas nacionales de subsidios energéticos y estableció criterios comunes para electricidad, gas natural, gas propano por redes y gas envasado.
Cómo se aplicará el descuento en la factura
La reforma también modifica la manera en que se calcula el subsidio. El beneficio se aplica sobre el componente correspondiente al precio del gas, en lugar de calcularse sobre el total de la factura emitida por las distribuidoras.
El régimen mantiene además los bloques de consumo base establecidos para el gas natural y contempla que las cantidades consumidas por encima de los volúmenes máximos subsidiables no reciban bonificación.
Para septiembre de 2026, los usuarios de gas natural y gas propano por redes que son beneficiarios del SEF cuentan con una bonificación adicional extraordinaria del 24,25% sobre el consumo correspondiente. La medida fue establecida por la Resolución 223/2026 y se suma a la bonificación general prevista por el régimen.
La normativa establece que durante 2026 las bonificaciones extraordinarias forman parte de un esquema transitorio y progresivo. El objetivo establecido en el régimen es avanzar gradualmente en la reestructuración de los subsidios y otorgar previsibilidad a las facturas.
Otros cambios incluidos en la reforma
La modificación del régimen de Zonas Frías también incorpora disposiciones relacionadas con otros aspectos del sector energético.
Entre ellas se encuentra la extensión hasta 2045 del régimen de incentivos para el desarrollo de energías renovables. También se contempla un mecanismo financiero destinado a que las empresas distribuidoras de electricidad puedan regularizar las deudas que mantienen con CAMMESA, la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico.
De esta manera, la reforma no se limita a modificar el criterio geográfico utilizado para acceder al descuento del gas, sino que forma parte de una modificación más amplia del esquema de asistencia y funcionamiento del sector energético.
Para los usuarios bonaerenses incluidos entre los 94 municipios alcanzados, el punto central será determinar si el hogar cumple con las condiciones del régimen focalizado. Si no queda comprendido en esos criterios, dejará de contar con el descuento general que recibía por la inclusión de su localidad en la ampliación de Zonas Frías de 2021.
